jueves, 31 de julio de 2014
miércoles, 9 de julio de 2014
lunes, 7 de julio de 2014
Crímen y psicoanálisis
¿Asesinos por
imitación? O ¿Crímenes paranoicos?
Por
Ramiro A. Álvarez. Mg

La Estructura Psicótica.
El estudio de la
estructura psicótica permitirá ir abriendo un camino de análisis a los
interrogantes anteriormente planteados. El término surge en psiquiatría en el
siglo XIX como una designación de enfermedad mental general. El interés de
Lacan por la psicosis es anterior a su interés por el psicoanálisis, y constituirá una de las tres (3) estructuras
clínicas, caracterizada por la operación de la forclusión, en esta operación el
NOMBRE –DEL- PADRE, no es integrado en el universo simbólico del sujeto( es
forcluido), lo que da como efecto un agujero en el orden simbólico, lo cual no
quiere decir que el psicótico no tenga inconsciente: por el contrario, en la
psicosis el inconsciente está presente,
pero no funciona. En el fondo este proceso psíquico constituye una disfunción
del complejo de Edipo, que se manifiesta en una falta de la función paterna,
donde lo simbólico se reduce al registro imaginario.
La paranoia y la personalidad
Como punto de partida
es importante tener claro que la paranoia es una forma de psicosis
caracterizada esencialmente por delirios y ordinariamente esta subyacente a la gran mayoría de estos
delitos; sus características clínicas son: una propensión exagerada al orgullo
que conlleva hipertrofia del yo,
exageración de la personalidad, falsedad del juicio, desconfianza del ambiente,
egocentrismo, autofilia e inadaptación social. Presentan una particular
introversión que se traduce en fuertes
luchas internas con una gran y duradera
tensión emotiva. Este sería el panorama general que ha presentado el
estudio de la paranoia, entre los más
importantes exponentes del tema se
encuentran Sigmund Freud, Genil Perrin, Pierre Janet, Jacques Lacan, entre
otros[1].
¿Crímenes sin interés?
En el análisis que nos
concierne hacer dentro de este ensayo,
se tomará como punto de partida aquellos crímenes que se realizan sin tener
ninguna motivación aparente para cometerlos, es decir, no hay odio, celos,
venganza, no hay un momento de ira, no hay un móvil estrictamente pasional que
permita discernir el acto criminal;
desde el punto de vista jurídico se percibe que esta motivación no es clara, y se empieza
a tener sospecha de enfermedad mental. La pregunta que Héctor Gallo se hace en
su texto es indagar qué puede mover a un sujeto a asesinar a otro sin tener
ningún interés personal en hacerlo.
Las hipótesis que se
pueden hacer desde el punto de vista clínico siguiendo las enseñanzas de Lacan
es que podría tratarse de un Cálculo
delirante, noción que no existe en la peritación forense, en el ámbito juridicial
este fenómeno es escuchado como un cálculo premeditado y racional, mientras
el cálculo delirante es premeditado pero delirante, es decir, el sujeto sabe lo
que está haciendo, sabe a quién mata, planea pero no sabe porque mata, dicho de
otro modo, sabe lo que hizo pero no por qué lo hizo, no entiende el sentido. Estos
casos siempre son declarados a nivel jurídico imputables, pues el jurista está
escuchando desde el punto de vista racional y confunde percepción con juicio,
supone que si el sujeto percibe lo que hizo tiene un juicio sobre lo que hizo y
no esta perturbado su juicio de razón moral, en el caso que estamos abordando
damos por sentado el precedente que la perturbación moral; desde el
psicoanálisis no se aboga por la inimputabilidad sino que Lacan propone dada la
particularidad que él refiere de ser crímenes domésticos, es decir, que se
realizan con lo más cercanos, pues, siempre se delira con lo más íntimos
geográficamente y en los registros de las cadenas psíquicas.
En los casos de crímenes por Autopunición que son aquellos crímenes en los cuales el sujeto se mata así mismo
matando al otro y luego se suicida, o crímenes
en los cuales se sigue delinquiendo hasta recibir un castigo ejemplar; Lacan recomienda que de
manera calculada se dé un castigo, porque estos sujetos reclaman un castigo
para estabilizarse, no sería un castigo como los que reciben los criminales
perversos que cometen un crimen excesivo, pero si un castigo porque si no lo
recibe éste se lo impondrá así mismo por otros medios; por paradójico que
parezca en estos casos el castigo es una manera de protegerlo, esto trastoca
todo el sistema jurídico que castiga no para proteger sino para dar un
escarmiento, para que el sujeto se re-socialice. El plus clínico que ofrece el
psicoanálisis en estos casos particulares es que el castigo estabiliza y
tranquiliza al sujeto estabilizando su delirio con el castigo , después de cometer
el crimen ya no delira más y por esa razón se ven completamente sobrios y
tranquilos con el crimen y parecen criminales fríos que narran lo que sucedió
sin que nada los perturbara, aquí Lacan introduce el termino Inocencia paranoica distinta a la
inocencia criminal que es una inocencia calculada, el sujeto miente de modo
calculado(alegato de inocencia), en cambio la Inocencia Paranoica tiene que ver
con el hecho que el sujeto mata al otro para salvarlo de alguna cosa, un
ejemplo paradigmático de este concepto es lo
sucedido en Colombia, cuando un policía mata su hijo de tres(3) años y
enseguida se mato él, con toda certeza la construcción psíquica que tuvo es que
iba a salvar al niño pues la madre iba recibir la custodia del pequeño, mejor
lo mata para salvarlo, esto lo hace el paranoico que no se siente culpable de
nada, no se responsabiliza de nada, pero al mismo tiempo dice que él fue y que
lo tienen que castigar.
Psicoanálisis, discurso jurídico y ley
En el caso del discurso
jurídico la responsabilidad es contingente, es decir, se puede ser o no
responsable, dependiendo de si el juicio está o no perturbado y otra serie de
circunstancias atenuantes que lo pueden hacer responsable pero de manera atenuada(
contingente). En el psicoanálisis la responsabilidad es considera subjetiva es
constituyente del sujeto, es decir, la responsabilidad es uno de los elementos
fundamentales por los cuales un sujeto se introduce en el vinculo social, y la responsabilidad
social la relacionamos directamente con la dimensión de la culpa, es decir que la culpa esta en el
centro del vinculo social y culpa significa deuda, de modo que nos integramos
al vinculo social en la medida que simbolicemos una deuda, o sea, una
responsabilidad; quien no logra
responsabilizar una responsabilidad e integrarla en su vida y en su historia,
podríamos decir que no esta en condiciones de hacer vinculo social. La
responsabilidad no depende del juicio de razón moral y de que el juicio no esté
perturbado, desde el psicoanálisis aunque el juicio este perturbado allí hay
una responsabilidad del sujeto que no es jurídica sino que se obtiene de la
lectura de las motivaciones que tuvo un sujeto, por mas perturbado que esté a cometer un crimen y
se trabaja en función de eso para definir qué tipo de castigo le conviene a ese
sujeto, teniendo en cuenta esa dimensión de la responsabilidad. Quien sale de
los vínculos sociales deja de comportarse como un sujeto responsable.
Psicoanálisis, crimen y sociedad
Desde el psicoanálisis
renueva la discusión entre lo psicológico y lo jurídico, campo este último muy
influenciado por las ciencias biológicas, pruebas cognitivas y peritajes
evaluativos en general. Dentro de las cuales el sujeto en aquello que desde el
psicoanálisis se concibe como las pasiones del hombre: el amor, los celos, las
rivalidades que tienen mucho que ver en los crímenes, quede por fuera, este
artículo intenta replantear esta situación, teniendo en cuenta los efectos
de subjetividad en el individuo, considerado un ser exclusivamente
orgánico, desconociendo como se anotó los efectos de subjetividad como aquello
que se produce en el vinculo social: el amor, el odio, la rivalidad etc., lo
cual no es genético. De esto se deduce
que no es lo mismo pensar el crimen como acción de un objeto orgánico que se
desarrolla y que por una perturbación puede matar a otro, a pensar el crimen como aquel que se produce en el
vinculo con el otro, como aquello que está en el origen del vinculo social
(recordemos los mitos que nos recuerdan un crimen originario). Crimen y
sociedad son inseparables, el crimen es por tanto objeto social porque el
crimen no es un objeto clínico, en el sentido que para matar a otro no hay que
estar enfermo, simplemente hay que estar en los vínculos sociales o que se
produzcan perturbaciones en esos vínculos por diversos motivos. El crimen hay
que tomarlo en su dinamismo social y después la dimensión clínica
preguntándonos desde qué posición o lugar una persona mata. Lo que Héctor Gallo[2]
llega a concluir es que en el momento mismo que el sujeto ejecuta la acción
criminal se comporta como un amo absoluto independientemente de que esté
perturbado o no, en ese instante esta perturbado se considera a sí mismo el
“rey del universo”, allí hay una desaparición del sujeto ¿Yo qué estoy
haciendo? ¿Por qué hice esto? Independientemente de la tipificación: asesino en
serie, criminal paranoico, hay una variación, es decir, cada uno mata desde un
lugar distinto en términos de la subjetividad. ¿Qué aporta el psicoanálisis a
la peritación forense? Aquí lo importante es determinar que más allá del
absolutismo biologicista esta la pregunta sobre el sentido del crimen, cada
crimen tiene un sentido y este solo se puede indagar cuando se le da una
palabra al sujeto independientemente de su clasificación. De lo cual se
desprende un hecho práctico que consiste en la necesidad de abrir un
dispositivo de escucha esencialmente
clínica, superando la clasificación
estadística del DSM –IV que socava la subjetividad en beneficio de la
generalización, esto permite que el crimen se tome no como un objeto medico,
estadístico, jurídico sino como un objeto social, lo cual cambia el abordaje
tajantemente.